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POLÍTICA DE TRATA

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Política de cumplimiento de la lucha contra la trata de personas

Revisión 1.0

Política

IDEAS-TEK se opone a la trata de personas y al trabajo forzoso en cualquier forma. Estamos comprometidos a trabajar para mitigar el riesgo de trata de personas y trabajo forzoso en todos los aspectos de nuestro negocio. El gobierno de los EE. UU. tiene una política de tolerancia cero con respecto a cualquier empleado del gobierno y personal contratista y sus agentes que participen en cualquier forma grave de trata de personas, definida como el reclutamiento, alojamiento, transporte, provisión u obtención de una persona para trabajo o servicios. mediante el uso de la fuerza, fraude o coerción con el fin de someterlos a servidumbre involuntaria, peonaje, servidumbre por deudas o esclavitud y tráfico sexual.

De conformidad con FAR 52.222-50(h), los contratistas, los empleados de los contratistas y sus agentes tienen prohibido:

  • Participar en formas graves (es decir, uso de la fuerza, fraude o coerción) de trata de personas durante el período de ejecución de un contrato;

  • Procurar actos sexuales comerciales ilegales durante el período de ejecución de un contrato;

  • Utilizar trabajo forzoso en la ejecución de un contrato;

  • Destruir, ocultar, confiscar o de otro modo negar el acceso de un empleado a sus documentos de identidad o de inmigración, como pasaportes o licencias de conducir, independientemente de la autoridad emisora;

  • Usar prácticas de reclutamiento engañosas o fraudulentas durante el reclutamiento de empleados u oferta de empleo, como no revelar, en un formato y lenguaje accesible al trabajador, información básica o hacer declaraciones materialmente falsas durante el reclutamiento de empleados con respecto a los términos y condiciones clave de empleo, incluidos salarios y beneficios complementarios, la ubicación del trabajo, las condiciones de vida, la vivienda y los costos asociados (si el empleador o el agente los proporcionó o dispuso), cualquier costo significativo que se deba cargar al empleado y, si corresponde, la naturaleza peligrosa del la obra;

  • Utilizar reclutadores que no cumplan con las leyes laborales locales del país en el que se realiza la contratación;

  • Cobrar tarifas de contratación a los empleados;

  • No proporcionar transporte de regreso o pagar el costo del transporte de regreso al finalizar el empleo, para un empleado que no era nacional del país en el que se realiza el trabajo y que fue traído a ese país con el fin de trabajar en un contrato, subcontrato o parte(s) de contratos o subcontratos del gobierno de los EE. UU. realizados fuera de los Estados Unidos;

  • No proporcionar transporte de regreso o pagar los costos del transporte de regreso al finalizar el empleo, para un empleado que no es ciudadano de los Estados Unidos y que fue traído a los Estados Unidos con el fin de trabajar en un contrato o subcontrato del gobierno de los EE. UU. si el pago de dichos costos es requerido bajo programas de trabajadores temporales existentes o conforme a un acuerdo escrito con el empleado para partes de contratos y subcontratos realizados dentro de los Estados Unidos;

  • Proporcionar u organizar viviendas que no cumplan con los estándares de seguridad y vivienda del país anfitrión; y

  • Si lo exige la ley o el contrato, no proporcionar un contrato de trabajo, acuerdo de contratación u otro documento de trabajo requerido por escrito en un idioma que el empleado comprenda. Si el empleado debe reubicarse para realizar el trabajo, el documento de trabajo se le deberá proporcionar al empleado al menos cinco días antes de la reubicación.

 

Cualquier violación de las FAR, el DFARS, la Orden Ejecutiva y/o la Política de IDEAS-TEK podría resultar en medidas disciplinarias que pueden incluir, entre otras, la destitución de un empleado de un contrato, la reducción de beneficios o la terminación del empleo. Para los subcontratistas y empleados de subcontratistas, el incumplimiento de los requisitos de las FAR, el DFARS y la Orden Ejecutiva es motivo para que IDEAS-TEK tome todas y cada una de las acciones apropiadas, hasta e incluyendo la terminación inmediata del contrato de ese subcontratista con IDEAS-TEK. .

Trámites

Anualmente, IDEAS-TEK requiere que todos los empleados certifiquen mediante la recepción del Manual del empleado de IDEAS-TEK que han leído y comprendido la política de IDEAS-TEK sobre la lucha contra la trata de personas y aceptan cumplir con las políticas, procedimientos y principios de la política. y denunciar cualquier infracción de la que tengan conocimiento.

 

Las cláusulas FAR y DFARS aplicables se “transmiten” a nuestros subcontratistas. A los subcontratistas también se les proporcionan enlaces a la política de IDEAS-TEK sobre la lucha contra la trata de personas y se les pide que certifiquen que han leído y comprendido esta política. Se mantiene una copia de las certificaciones de los subcontratistas en los archivos de IDEAS-TEK. El incumplimiento de los requisitos de las FAR es motivo para que IDEAS-TEK tome todas y cada una de las acciones apropiadas, hasta e incluyendo la terminación inmediata del contrato de ese subcontratista o agente con IDEAS-TEK.

 

En la medida en que IDEAS-TEK utilice empresas de contratación, solo se pueden utilizar empresas de contratación con empleados capacitados, no se pueden cobrar tarifas de contratación al empleado y todos los salarios deben cumplir con los requisitos legales aplicables del país anfitrión o explicar cualquier variación.

Proceso de presentación de informes

Los empleados pueden informar, de buena fe, y tienen la responsabilidad de hacerlo, sin temor a represalias y sujetos a la protección de 10 U.S.C. 2409, según implementado en DFARS subparte 203.9, para represalias por denunciar violaciones de trata de personas, cualquier actividad que viole las FAR, el DFARS, la Orden Ejecutiva o la Política IDEAS-TEK a la Gerencia de IDEAS-TEK o a la Línea Directa Global sobre Trata de Personas al 1-844-888-FREE o a través de su dirección de correo electrónico en help@befree.org o al Departamento de Defensa en www.dodig.mil/hotline/ o al número gratuito 800-424-9098.

Notificación

IDEAS-TEK informará inmediatamente al Oficial de Contrataciones y al Inspector General de la agencia al recibir información creíble que alegue una violación de FAR 52.222-50; y cualquier acción tomada contra un empleado, subcontratista, empleado subcontratista o su agente de IDEAS-TEK de conformidad con FAR 52.222-50.

Publicaciones y certificaciones

IDEAS-TEK deberá publicar su plan de cumplimiento en un lugar visible del lugar de trabajo. IDEAS-TEK proporcionará su plan de cumplimiento al Oficial de Contrataciones cuando lo solicite y proporcionará certificaciones anuales a los oficiales de contratación según lo requieran las FAR.

Antes de la adjudicación de un subcontrato, y anualmente durante la ejecución del contrato, IDEAS-TEK obtendrá de cada subcontratista subcontratos suministros, distintos de los artículos COTS, que se adquirirán fuera de los Estados Unidos o servicios que se realizarán fuera de los Estados Unidos. , una certificación de cumplimiento según lo exigen las FAR.

 

Además, para contratos individuales que sean para suministros, distintos de artículos disponibles comercialmente, adquiridos fuera de los Estados Unidos o servicios que se realizarán fuera de los Estados Unidos, y que tengan un valor estimado superior a $500,000, antes de celebrar un subcontrato. , IDEAS-TEK obtendrá de cada subcontratista cuyo subcontrato cumpla con los requisitos anteriores, una certificación de cumplimiento según lo requerido en FAR 1703(c)(3)(i) y (ii).

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